Legislación crítica

El rasgo más importante de los habitantes de nuestro país es que, una amplísima mayoría de ellos, tiene unas enormes ganas de vivir experiencias, de divertirse y de disfrutar de la vida como les parece que es bueno disfrutarla. Cumplir esas expectativas representa, en el mayor de los casos, el motor de su motivación. Ese es el contenido de sus ilusiones, y perseguir esos sueños, constituye su modo de vida.

Y no es extraño que así sea. Todos los que tienen algún recuerdo de la sensación de felicidad andan, de una manera u otra, buscando repetirla. Es la respuesta aceptable más práctica a la pregunta del porqué de la existencia, sobretodo si no existe el hábito de preguntársela a menudo, o no se ha meditado más de lo que se suele hacer durante la colección de crisis emocionales por las que se pasa a lo largo de una vida.

En las leyes de nuestro país estableceremos, por lo tanto, que ése (en resumen: dedicarse a ser felices) será el sentido de la existencia de nuestros habitantes. Con respecto al habitualmente minoritario grupo de personas que defiendan alternativas diferentes, aunque coherentes, las autoridades serán respetuosas con las doctrinas que profesen, mientras que éstas no alteren las libertades, el orden ni el cumplimiento de los objetivos del resto de los habitantes.

Sin embargo, si en cualquiera de los interrogatorios reglamentarios que se producirán periódicamente hay algún habitante que, al ser preguntado sobre el sentido de la existencia, responda, mediante el uso de los canales habituales de comunicación oral o escrita, cualquier tipo de expresión susceptible de ser equivalente a “yo es que me conformo con ir tirando”, entonces las autoridades procederán a la expulsión inmediata de ese habitante de nuestro país, y le negarán el derecho a la residencia para el resto de sus días, o por lo menos, hasta que encuentre un motivo de mayor peso.